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BOE
¿Visitable?
No consta
¿Cargas?
1 - Por PROCEDENCIA finca 2/11.050: Gravada con las servidumbres de paso para peatones y vehÃculos, constituidas sobre el COMPLEJO URBANO RESIDENCIAL a que pertenece. Con el siguiente contenido: A) los titulares del local que queden constituidos como fincas independientes en régimen de la Propiedad Horiz. sobre la finca Reg. 2/11.147 y que tengan parte de la vivienda en sótano con acceso a vial interior en subsuelo, tendrán la facultad de pasar y circular a través del sótano del predio sirviente, utilizando la rampa de comunicación con la calle y también todas las zonas de rodadura y maniobra para vehÃculos, hasta acceder a sus propios locales para aparcamiento de sus vehÃculos o hasta sus trasteros, en su caso. y B) los titulares de las viviendas que queden constituidas como fincas independientes en régimen de la Propiedad Horizontal en el conjunto urbano a construir sobre el predio dominante, tendrán la facultad de pasar y circular a través del vial interior peatonal del conjunto ....... 2 - SERVIDUMBRE :GRAVADA con una SERVIDUMBRE constituida sobre el COMPLEJO URBANO RESIDENCIAL a que pertenece: finca matriz 11.050 -predio sirviente- al folio 85, Tomo 202, libro 202, inscripción 4ª, siendo el predio dominante la finca regÃstral 2/5.142, al folio 65, tomo 81. SERVIDUMBRE por tiempo indefinido para que los propietario del predio dominante, puedan, en los términos más amplios posibles, apoyar, introducir, cargar, enlucir, pintar, servirse, etc, construcciones, vigas, pérgolas, barbacoas, etc., todo ello hasta la mitad del ancho del muro del predio sirviente, colindante con el predio dominante, no pudiendo en ningún caso sobrepasar la altura de dos metros contados desde el nivel actual del muro existente en la parcela propiedad de éstos. Constituida en escritura autorizada el diecinueve de octubre de dos mil seis, por la Notaria de Valencia, doña Maria-Paz Zunica Ramajo, protocolo 3.190, que causó la inscripción 5ª de la finca matriz, de fecha 22 de marzo de 2.007.. 3 - ANOTACIÓN DE EMBARGO EJECUTIVO. en virtud de mandamiento judicial de Anotación de Embargo, con fecha 16/05/2012 expedido en Valencia, por el JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 3, procedimiento de Ejecución número 501/2012.eXP. CERTIFICACIÓN: Expedida, con fecha 7 de junio de 2012, CERTIFICACIÓN para el Expediente de la Anotación adjunta, por ordenarse asà en el mismo Mandamiento que la ha motivado. CADUCADA PENDIENTE DE SU CANCELACIÓN. Según contestación de cargas del fecha 09/03/2022 del Juzgado de lo social nº 3 de Valencia, de Ejecuciones Laborales en la que informan que el procedimiento ejecutivo 501/2012 se encuentra archivado por pago total de la deuda, habiéndose acordado el alzamiento del embargo trabado, de la finca 15584, inscrita en el Registro de Denia 2, no encontrándose vigente la nota de embargo. Y adjuntando decreto de archivo de fecha 21/02/2018. En la Certificación registral indica que está caducado pendiente de cancelación registral.
Situación posesoria
Ocupantes sin derecho de permanencia